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Normativa de las bajantes pluviales

Los edificios necesitan disponer de bajantes pluviales que reconduzcan las aguas procedentes de la lluvia. El no hacerlo puede provocar incidencias muy graves como las inundaciones. En este sentido, la normativa que gobierna en nuestro país deja claras muchas disposiciones relativas a estos elementos tan importantes de la red de saneamiento de aguas pluviales y de aguas residuales de los edificios. Hablemos de la normativa de las bajantes pluviales en detalle.

Ley de Propiedad Horizontal y bajantes

La Ley de Propiedad Horizontal refiere concretamente a la Ley 49/1960 de 21 de julio, la cual ha recibido a lo largo de las décadas numerosas modificaciones esenciales, siendo la última la Ley 8/2013 de 26 de junio de Rehabilitación, Regeneración y Renovación urbanas. Y, como es lógico, contiene ciertos apartados en los que se habla de aspectos claves de las bajantes pluviales.

Entre ellos, y es uno de los más importantes, se encuentra establecida la naturaleza y la responsabilidad que pesa sobre la comunidad y sobre los propietarios respecto a este elemento. Más específicamente, determina que será la comunidad de propietarios la que se encargue del mantenimiento y de la reparación de la bajante en caso de que padezca algún tipo de desperfecto.

Qué dice la ley sobre las bajantes de la vivienda

Además, la normativa de aguas pluviales no diferencia entre las incidencias provocadas por los vecinos de la comunidad o por terceros ajenos a la misma. En todos los casos, los responsables de reparar los daños son y serán siempre los propietarios de las viviendas que conforman la comunidad de vecinos. Es importante que tengamos esto claro para que no se produzcan malentendidos.

En cualquier caso, la normativa de desagües pluviales no nos habla únicamente de la responsabilidad de esa estructura de la red de saneamiento sino también de cómo deben ser sus características y propiedades para que funcione correctamente. Aspectos esenciales como el nivel de ventilación, la localización, los materiales o las dimensiones de las bajantes pluviales. Véamoslo todo.

Ventilación

Según la normativa, la ventilación de las bajantes es un requisito indispensable para todas estas. Y por eso se exige que se dispongan de subsistemas de ventilación tanto en las redes de aguas residuales como en las redes de aguas pluviales. En concreto, subsistemas de ventilación primaria, de ventilación secundaria y de ventilación terciaria, además de ventilación con válvulas de aireación-ventilación.

Diámetro recomendado

Otro de los requisitos imprescindibles de las bajantes pluviales tiene que ver con sus dimensiones. Para ser más exactos, con las dimensiones de su diámetro Y es que las bajantes no pueden poseer una geometría que reduzca su diámetro a medida que se vayan acercando al último plano inferior. Es una circunstancia que ha de evitarse a toda costa para cumplir con la normativa de las bajantes pluviales.

Materiales

En cuanto a los materiales, en la normativa de bajantes de saneamiento se recomienda usar materiales que sean livianos y autolimpiables. Por supuesto, y desde el año 2001, el fibrocemento con amianto o asbesto es un material completamente prohibido en nuestro país, por lo que no puede contemplarse como una opción a la hora de fabricar e instalar una bajante pluvial en un edificio.

¿Dónde se colocan?

Lo más aconsejable en cuanto a localización es colocar las bajantes pluviales en el centro de los canales pluviales. Además, también hay que tener en cuenta la inclinación del suelo y el desagüe que se encuentre a menor distancia. El hecho de que coincida con el centro o el lateral del edificio es una cuestión más estética, lo cual no quiere decir que no sea relevante, claro está.

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